Entrevista a David Bravo en El País

David Bravo ha comentado con los internautas el plan antipiratería aprobado por el Gobierno, el anteproyecto de reforma de la Ley de propiedad intelectual y los retos que plantean las nuevas tecnologías a la industria cultural.

P. El Sr. Farré dice que el hecho de que aumente los beneficios de SGAE no es por las P2P sino porque hay más presencia de la música y porque la música es necesaria para el desarrollo ¿Qué opinas?

R. Es sorprendente que la SGAE siga con la táctica de “al enemigo ni agua”. Antes, cuando los conciertos subían, ellos lo atribuían al fenómeno OT. Ahora, cuando ya de ese programa no se acuerda ni Rosa de España, siguen subiendo, y la nueva explicación es que la música “tiene más presencia que nunca”. El hecho de que 4.000.000 de personas se la intercambien en España no tiene nada que ver. Ese interés por la música vendrá de la generación espontánea. De la magia. Además, no solo son los conciertos. Menos la venta de discos, todos los conceptos por los que se recaudan derechos de autor han subido. Y el dinero que ha hecho que sea así proviene de los mismos bolsillos de aquellos a los que se señala con el dedo diciéndoles que lo quieren todo gratis. Mientras dicen que vivimos en la cultura del “precio cero” o del “todo gratis”, los melómanos criados por el intercambio de música no hacen más que gastar dinero en ella.

P. Leí ayer en Ciberpaís que Promusicae,asociación que gestiona los derechos de los productores musicales,prevé la presentación de demandas individualizadas a usuarios españoles de P2P.Como usuario de estas redes me siento aludido y,si bien creía no estar incurriendo en ningún delito (no al menos con la ley actual),tal amenaza me suscita serias dudas sobre si debo seguir utilizándolas. ¿Qué recomiendas?¿En qué se traduce,además,que tales denuncias tengan solo “afán de ejemplaridad” no recaudatorio?

R. Es indignante que se eche a la pirula quién será la víctima que dará ejemplo a todos los demás. Yo no puedo recomendarte nada. Solo darte mi opinión legal. El artículo 270.1 del Código Penal exige expresamente el ánimo de lucro para que la reprodución sea delictiva y el artículo 31.2 de la LPI permite la copia para uso privado siempre que no la vayas a destinar a un fin lucrativo o a una ulterior difusión. Eso dicen las leyes, tú despúes debes decidir qué hacer.

El resto. No os la perdáis.

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