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Las nueva tarifas del canon

Copio y pego desde Escolar, porque no hay manera mejor de decirlo:

La reforma de la Ley de la Propiedad Intelectual que pactaron ayer todos los partidos del Congreso establece que el canon digital se negociará entre fabricantes y entidades de gestión. Sin embargo, hasta que se pongan de acuerdo en cuánto pagamos los consumidores, la reforma establece unas tarifas que entrarán en vigor cuando se apruebe la nueva ley. Son las siguientes:

a) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros:

1.º Escáneres o equipos monofunción que permitan la reproducción de documentos: 10 euros por unidad.

2.º Equipos multifuncionales de sobremesa con pantalla de exposición cuyo peso no supere los 17 kilos y la capacidad de copia no sea superior a 29 copias por minuto, capaces de realizar al menos dos de las siguientes funciones: copia, impresión, fax o escáner: 16,67 euros por unidad.

3.º Equipos o aparatos con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto: 16,67 euros por unidad.

4.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto: 114,95 euros por unidad.

5.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto: 153,28 euros por unidad.

6.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 50 copias por minuto en adelante: 189,01 euros por unidad.

b) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de fonogramas: 0,60 euros por unidad de grabación.

c) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de videogramas: 6,61 euros por unidad de grabación.

d) Para soportes materiales digitales específicos de reproducción sonora, discos o minidiscos compactos para audio, sean o no regrabables: 0,35 euros por hora de grabación o 0,006 euros por minuto de grabación.

e) Para soportes materiales digitales específicos de reproducción visual o audiovisual, discos versátiles para video, sean o no regrabables: 0,70 euros por hora de grabación o 0,011667 euros por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale a 2,35 gigabytes.

f) Para soportes materiales de reproducción mixta, sonora y visual o audiovisual:

1.º Discos compactos, sean o no regrabables: 0,16 euros por hora de grabación o 0,002667 euros por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale a 525,38 megabytes.

2.º Discos versátiles, sean o no regrabables: 0, 30 euros por hora de grabación o 0,011667 por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale 2,35 gigabytes.

Si el canon actual es indignante, esto pasa alcanza ya límites terroristas. Porque eso es lo que quieres estos personajes de la SGAE, que comandan la cruzada contra la pérdida de dinero de los así llamados artistas, dominación por el terror y cobro de impuestos revolucionarios, con la connivencia de los partidos políticos.

Entrevista a David Bravo en El País

David Bravo ha comentado con los internautas el plan antipiratería aprobado por el Gobierno, el anteproyecto de reforma de la Ley de propiedad intelectual y los retos que plantean las nuevas tecnologías a la industria cultural.

P. El Sr. Farré dice que el hecho de que aumente los beneficios de SGAE no es por las P2P sino porque hay más presencia de la música y porque la música es necesaria para el desarrollo ¿Qué opinas?

R. Es sorprendente que la SGAE siga con la táctica de “al enemigo ni agua”. Antes, cuando los conciertos subían, ellos lo atribuían al fenómeno OT. Ahora, cuando ya de ese programa no se acuerda ni Rosa de España, siguen subiendo, y la nueva explicación es que la música “tiene más presencia que nunca”. El hecho de que 4.000.000 de personas se la intercambien en España no tiene nada que ver. Ese interés por la música vendrá de la generación espontánea. De la magia. Además, no solo son los conciertos. Menos la venta de discos, todos los conceptos por los que se recaudan derechos de autor han subido. Y el dinero que ha hecho que sea así proviene de los mismos bolsillos de aquellos a los que se señala con el dedo diciéndoles que lo quieren todo gratis. Mientras dicen que vivimos en la cultura del “precio cero” o del “todo gratis”, los melómanos criados por el intercambio de música no hacen más que gastar dinero en ella.

P. Leí ayer en Ciberpaís que Promusicae,asociación que gestiona los derechos de los productores musicales,prevé la presentación de demandas individualizadas a usuarios españoles de P2P.Como usuario de estas redes me siento aludido y,si bien creía no estar incurriendo en ningún delito (no al menos con la ley actual),tal amenaza me suscita serias dudas sobre si debo seguir utilizándolas. ¿Qué recomiendas?¿En qué se traduce,además,que tales denuncias tengan solo “afán de ejemplaridad” no recaudatorio?

R. Es indignante que se eche a la pirula quién será la víctima que dará ejemplo a todos los demás. Yo no puedo recomendarte nada. Solo darte mi opinión legal. El artículo 270.1 del Código Penal exige expresamente el ánimo de lucro para que la reprodución sea delictiva y el artículo 31.2 de la LPI permite la copia para uso privado siempre que no la vayas a destinar a un fin lucrativo o a una ulterior difusión. Eso dicen las leyes, tú despúes debes decidir qué hacer.

El resto. No os la perdáis.

Manifiesto por la liberalización de la cultura




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